Enel caso que nos ocupa, la elección se produjo expresamente en virtud de documento privado, (3 de mayo de 2004) recogido en el cuaderno particional, confeccionado por el contador partidor nombrado en el proceso de división judicial de herencia, optando por el legado del tercio libre más la cuota legal usufructuaria.
Losexpertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "Si se instituyen herederos de todos los bienes y derechos a los hijos por partes iguales y con preferencia a esta cláusula, además de la cuota legal usufructuaria que le corresponda al cónyuge en el tercio de mejora, legal el tercio de libre disposición al cónyuge, ¿quiere decir que en
Legaa su cónyuge el tercio de libre disposición en pleno dominio, además de su cuota legal usufructuaria. SEGUNDA. Instituye herederos por partes iguales a sus cuatro hijos, con sustitución vulgar caso de premoriencia o incapacidad de los mismos en favor de sus respectivos descendientes y en defecto de descendientes, habrá derecho de
CódigoCivil, Artículos 162, 163, 171, 808, 813, 820 y 1060. HECHOS : Resolución de 21 de marzo de 2019 , de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de San Lorenzo de El Escorial n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de liquidación de
Buenosdias , mi padre ha fallecido en extremadura y en su testamento deja a su esposa la cuota legal usufructuaria y el pleno dominio del tercio de libre
oel legado de tercio de libre disposición y el usufructo del tercio de mejora produciéndose con el ejercicio de dicha opción un conflicto de intereses entre la madre y los hijos en los términos del artículo 163, 1060 CC. Por tanto es preciso cumplimentar los requisitos prescritos en dichos artículos citados. Resolución DGRN de 23 mayo 2012.
Encuanto al resto, como los hijos no han aceptado el usufructo universal, se aplica la cláusula cuarta del testamento ”Para el caso de que ningún heredero acepte el usufructo universal, lega a su esposa doña Mónica el pleno dominio del tercio de libre disposición y además la cuota legal usufructuaria que la Ley le reconoce”.
Legaa su cónyuge el tercio de libre disposición en pleno dominio, además de su cuota legal usufructuaria. SEGUNDA : Instituye herederos por partes iguales a sus cuatro hijos, con sustitución vulgar caso de premoriencia o incapacidad de los mismos en favor de sus respectivos descendientes y en defecto de descendientes, habrá derecho de acrecer
SUSTITUCIÓNVULGAR. El causante fallece bajo testamento en el que, además de legar a su cónyuge el tercio de libre disposición y su cuota legal usufructuaria, instituye herederos a sus cuatro hijos A, B, C y D por partes iguales con derecho de sustitución en favor de sus respectivos descendientes y, en su defecto, con el derecho de acrecer
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cuota legal usufructuaria y tercio de libre disposicion